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Revisada y modificada: 31 de febrero de 2011.
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Última información
Listado de resultados del Programa de
Estímulos al Desempeño Juridiccional 2011
Acuerdo 08/CJ/I/2011 del Pleno del Consejo de
la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Nayarit,
relativo a la nueva denominación, competencia, reglas de
turno y sistema de distribución de asuntos entre los
juzgados de primera instancia con residencia en Las Varas,
Nayarit (23-marzo-2011)
Acuerdo 09/CJ/I/2011
del Pleno del Consejo de la Judicatura, por el que se
aprueba el Plan de Desarrollo Institucional 2010 - 2014 para
el Poder Judicial del Estado de Nayarit
(23-marzo-2011)
Convocatoria para Curso-Taller a Notificadores
2011
Convocatoria para Curso-Taller a Secretarios de
Acuerdos 2011
Padrón de Peritos Auxiliares en la Administración de
Justicia 2011-2012
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Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública del Estado de Nayarit.
(LTAIPEN)
Artículo 10.
Los sujetos
obligados deberán difundir en Internet la siguiente
información fundamental: |
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Artículo |
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1 |
La
estructura orgánica, los datos principales de su organización
y funcionamiento,
así como las atribuciones y facultades de sus órganos
internos.
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2 |
El directorio de los servidores públicos, desde el titular
del ente público hasta el nivel de jefe de departamento o
equivalente, con nombre, fotografía actualizada, domicilio,
números telefónicos y, en su caso, dirección electrónica
oficiales. |
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3 |
Remuneración mensual fija de todos los servidores públicos
por puesto o por honorarios, incluyendo la totalidad de las
percepciones, prestaciones, estímulos o compensaciones y
cualquier otra percepción en dinero o en especie con motivo
de su empleo, cargo o comisión. |
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4 |
Una lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de
representación y alimentación como gastos mensuales del
servidor público con motivo de su empleo, cargo o comisión. |
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5 |
El perfil de los puestos de los servidores públicos de
carrera y currículo de quienes ocupan esos puestos. |
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6 |
Los planes federal, estatal y municipales de desarrollo,
vinculados con sus programas operativos anuales y
sectoriales y los respectivos indicadores de gestión que
permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como
los avances físicos y financiero, para cada una de las metas.
Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además,
el método de evaluación con una justificación de los
resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos
asignados para su cumplimiento. . |
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7 |
La información sobre el presupuesto asignado, así como los
informes sobre su ejecución en los términos que establezcan
los presupuestos de egreso del estado y municipios.
Tratándose del Poder Ejecutivo y de los Ayuntamientos, dicha
información será proporcionada respecto de cada sujeto
obligado, por la secretaría de Finanzas y las tesorerías
municipales, respectivamente; las que además informarán
sobre la situación económica, las finanzas y deuda pública.
En los poderes Legislativo y Judicial, así como entes
autónomos, la información será proporcionada por conducto de
los órganos internos o de control previstos para esos tales
efectos en su respectiva ley orgánica. |
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8 |
Los procedimientos de licitación, de los cuales se difundirá:
a) De licitaciones públicas: las convocatorias, los
participantes, el nombre del ganador y las razones que lo
justifican, la fecha del contrato, su monto y plazo de
entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada.
b) De licitaciones por invitación: la invitación
emitida, los invitados y los participantes, el nombre del
ganador y las razones que lo justifican, la fecha del
contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los
servicios u obra licitada.
c) De las adjudicaciones directas:
los motivos y fundamentos legales aplicados, las
cotizaciones consideradas en su caso, el nombre del
adjudicado y la fecha del contrato, su monto y plazo de
entrega o de ejecución del los servicios u obra licitada. |
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9 |
Los expedientes sobre las concesiones, permisos, licencias y
autorizaciones otorgadas por los sujetos obligados,
especificando los titulares de aquellos, concepto por el que
se otorga y vigencia de los mismos; y en el caso de ser
requeridos, las opiniones, datos y fundamentos finales
contenidos en los expedientes administrativos que justifican
su otorgamiento. |
No aplica |
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10 |
Los resultados de las auditorias al ejercicio presupuestal
de cada ente público que realicen, según corresponda, la
Secretaría de la Contraloría General del Estado, las
contralorías internas, las contralorías municipales o el
Órgano de Fiscalización Superior, en los términos de la ley
de la materia y, en su caso, las aclaraciones que
correspondan. |
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11 |
El diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso
a los programas de subsidio y aportaciones; así como los
padrones de beneficiarios de los programas sociales; los
destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de
recursos públicos por cualquier motivo, así como los
informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y
destino sobre dichos recursos. |
No aplica |
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12 |
La calendarización y el orden del día preliminar de las
reuniones públicas de los diversos consejos, órganos
colegiados, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias,
comisiones legislativas y sesiones de trabajo a que se
convoquen. Para las reuniones ya celebradas, difundirán las
correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y
sesiones. |
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13 |
Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, en su
caso, de los servidores públicos encargados del comité y de
la Unidad de Enlace. |
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14 |
Los catálogos documentales de sus archivos administrativos
de conformidad con lo establecido en la ley. |
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15 |
El padrón de proveedores. |
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16 |
La relación de sus bienes patrimoniales, siempre y cuando su
valor exceda trescientas veces el equivalente al salario
mínimo vigente en la zona. |
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17 |
Respecto de los contratos
celebrados por el sujeto obligado: un listado que relacione
el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o
razón social del proveedor y el monto del valor total de la
contratación, con las excepciones previstas en esta ley;
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18 |
Respecto a licencias y permisos: el nombre o razón social
del titular, el concepto; es decir, si se refiere a una
licencia, permiso, concesión o autorización, así como si el
procedimiento de bienes, servicios recursos públicos. |
No aplica |
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19 |
Los informes que deben rendir el sujeto obligado, la
unidad responsable y el fundamento legal que obliga a su
generación, así como el calendario y el contenido de dichos
informes. |
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20 |
Informe de los resultados
obtenidos en las giras de trabajo que se realicen fuera del
territorio del estado o de las demarcaciones municipales,
según se trate de sujetos obligados del estado o de los
municipios. |
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21 |
Un listado con los servicios que ofrece y los
programas que administra, identificando los trámites para
der a ellos y la población a quien van dirigidos. |
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22 |
Las estadísticas e indicadores de la procuración de justicia.
En materia de averiguaciones previas, deberán difundirse las
estadísticas sobre el número que fueron desestimadas; en
cuantas se ejerció la acción penal; en cuantas se archivaron,
además del número de órdenes de aprehensión, presentación y
cateo. |
No aplica |
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23 |
El listado de las expropiaciones por causa de interés
público. |
No aplica |
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24 |
La agenda legislativa oficial y la que presenta los grupos
parlamentarios acreditados en el Congreso; los expedientes
de cada resolución legislativa; las iniciativas de acuerdo,
proposiciones, declaraciones, denuncias o peticiones
desahogadas durante las sesiones del pleno del Congreso o de
sus órganos de gobierno; las listas de asistencia y votación
de cada una de las sesiones, así como las convocatorias,
actas y acuerdos de las comisiones; el Diario de Debates;
las partidas presupuestales asignadas a los grupos
parlamentarios, a los demás órganos del Congreso y a los
diputados, así como a las dependencias internas, y la
memoria que contenga las observaciones que durante los
recesos hayan presentado los diputados y los demás informes
que deban presentarse conforme a su Ley Orgánica y
reglamento. |
No aplica |
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25 |
Los principales indicadores sobre la actividad de los
órganos jurisdiccionales y administrativos que deberán
incluir, al menos, asuntos ingresados, en proceso,
concluidos, existencia por cada unidad jurisdiccional y los
egresados por todo el órgano de impartición de justicia;
sanciones disciplinarias identificando al personal
sancionado; el número de resoluciones dictadas y, en su caso,
las que sean confirmadas, revocadas o modificadas por unidad
jurisdiccional; las listas de acuerdos, las sentencias o
laudos relevantes y los criterios definidos; las
convocatorias a con-cursos para ocupar cargos
jurisdiccionales y los resultados de los mismos; los estados
financieros del fondo auxiliar y los perfiles y formas de
evaluación del personal jurisdiccional y administrativo. |
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26 |
Las cuotas y tarifas municipales que se apliquen a impuestos,
derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores
unitarios de suelo y construcciones, que sirvan de base para
el cobro de las contribuciones sobre la propiedad
inmobiliaria; los empréstitos, deudas contraídas, así como
la enajenación de bienes municipales y la Gaceta Municipal,
la cual deberá contener los resolutivos y acuerdos aprobados
por los Ayuntamientos. |
No aplica |
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27 |
El marco normativo aplicable a cada ente público,
incluyendo normas constitucionales, leyes, decretos,
reglamentos, acuerdos, circulares, manuales de organización
y demás ordenamientos o disposiciones de observancia general
que fundamenten y den marco a la actuación y funciones de
los sujetos obligados. |
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28 |
Los
convenios que el Gobierno celebre con la Federación, otros
estados o municipios, y los de concertación con los sectores
social y privado, así como los convenios que los entes
públicos celebren con partidos políticos, o cualquier otra
institución. |
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29 |
La versión pública de los contratos, convenios y
condiciones generales de trabajo que regulen las relaciones
laborales del personal sindicalizado y de confianza que se
encuentre adscrito a los entes públicos, así como la
relación del personal sindicalizado, los montos por concepto
de cuotas sindicales, prestaciones o en especie que se hayan
entregado a los sindicatos, los nombres de quienes los
reciben y los de los responsables de ejercerlos. |
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30 |
Los estudios de factibilidad ecológica, impacto ambiental,
desarrollo urbano y de servicios públicos. |
No aplica |
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31 |
Los informes y documentos que presenten los partidos
políticos ante el Instituto Estatal electoral y que
contengan: el monto sobre el origen, ejercicio y destino de
los recursos que por financiamiento público o por cualquier
otra modalidad se les entregue; las auditorias practicadas,
las verificaciones o dictámenes que se ordenen y practiquen
a dichos institutos; los expedientes que obren en el
Instituto; el listado de partidos políticos y demás
organizaciones registradas conforme a la ley; los nombres y
funciones de quienes desempeñen dentro de los partidos un
cargo de dirección partidista; las actas y acuerdos de los
órganos internos de los partidos; y los cómputos totales de
las elecciones. |
No aplica |
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32 |
Cualquier otra información que sea de utilidad o se
considere relevante, además de la que con base a la
información estadística, responda a las preguntas hechas con
más frecuencia por las personas |
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