CALENDARIO OFICIAL DE LABORES PARA EL AÑO 2020

Tepic, Nayarit. 11 diciembre de 2019.

ACUERDO 40/CJ/VI/2019 QUE ESTABLECE EL CALENDARIO Y HORARIO OFICIAL DE LABORES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NAYARIT PARA EL EJERCICIO 2020.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 87.23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para el Estado de Nayarit, el Pleno del Consejo de la Judicatura  acuerda lo siguiente:

PRIMERO. La jornada laboral será de lunes a viernes con horario de lunes a jueves de ocho horas, de las ocho a las dieciséis horas y los días viernes será de siete horas, con un horario de ocho a las quince horas, con atención al público en general y la cual comenzará a tener vigencia a partir del miércoles ocho de enero de dos mil veinte, hasta el último día hábil del mes de diciembre de dos mil veinte.

SEGUNDO. Se declaran como días inhábiles, para el periodo comprendido del mes de enero al mes de julio de dos mil veinte, los siguientes: tres de febrero; dieciséis de marzo; los comprendidos del seis al diez de abril; uno, cuatro y veintiuno de mayo; y para el período del mes de agosto al mes de diciembre de dos mil veinte, se fijarán una vez que se conozca el calendario que establece la Secretaría de Educación Pública, para hacerlo compatible con el mismo.

TERCERO. Períodos vacacionales: el primer período vacacional será del veinte al treinta y uno de julio de dos mil veinte. El segundo período se fijará una vez que se conozca el calendario que establece la Secretaría de Educación Pública para hacerlo compatible. Lo anterior en el entendido que dichos períodos no son acumulables ni prorrogables, incluyendo los días adicionales a que se refiere la cláusula XXI del convenio laboral suscrito entre el Poder Judicial del Estado y el Sindicato mayoritario, por tanto deberán disfrutarse en los tiempos señalados, con la observancia de las disposiciones y modificaciones que en su caso acuerde previamente el Consejo de la Judicatura.

CUARTO. Las fechas y periodos antes señalados se consideran en beneficio de todo el personal, salvo lo dispuesto por la ley en materia penal.

 

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente acuerdo entrara en vigor, el día de su aprobación.

SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Nayarit y en la página web del Poder Judicial del Estado.

Dado en la Sala de Plenos Prisciliano Sánchez Padilla, en la Sexta Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo de la Judicatura, a los once días del mes de diciembre de dos mil diecinueve.