MICROSITIO
Centro Estatal de Justicia Alternativa (CEJA)
Pertenece al Tribunal Superior de Justicia, en el cual, a través de los medios alternos de solución de conflicto y con el apoyo de un especialista, buscará apoyar al ciudadano a negociar de manera voluntaria la solución a su conflicto jurídico a través de un convenio.
Auxiliar a la ciudadanía en la solución de sus conflictos a través de acuerdos consensuados, en donde pueden disponer libremente de sus derechos sin afectar el orden público o los derechos de terceros, con la finalidad de fomentar la convivencia armónica e inducir a una cultura de paz social, solucionando los conflictos de naturaleza jurídica que surjan en la sociedad, a través del diálogo.
Ser la principal alternativa de la ciudadanía para la solución de sus conflictos, dentro del marco de los derechos humanos, la perspectiva de género y la cultura de la paz. Así como, fortalecer el compromiso y la responsabilidad social.
Los Medios Alternos de Solución de Conflictos (MASC) son métodos que buscan brindar a las partes que se ven involucradas en un conflicto, una manera rápida y fácil de solucionarlo, sin tener que acudir ante un juez; como lo es la mediación o conciliación.
Procedimiento voluntario mediante el cual las personas, con el apoyo de un tercero neutral llamado mediador, pueden comunicarse y negociar de manera satisfactoria, la solución legal a su problema de carácter familiar, civil o mercantil.
Art. 2 frac V LJAEN: El procedimiento voluntario en el cual un especialista imparcial y sin facultad para sustituir las decisiones de las partes, asiste a las partes involucradas en un conflicto con la finalidad de facilitar las vías de diálogo y la búsqueda de un acuerdo en común.
Proceso por el cual dos o más personas recurren ante un tercero neutral, llamado conciliador, para promover el dialogo y generar propuestas de solución de conflicto.
Art. 2 frac II LJAEN: El procedimiento voluntario en el cual un especialista imparcial y con potestad para proponer soluciones a las partes asiste a las personas involucradas en un conflicto con la finalidad de facilitar las vías de diálogo y la búsqueda de un acuerdo en común.
Las partes son quienes tienen el control sobre el proceso y sobre el resultado, no un tercero
La información generada por las partes durante el procedimiento no podrá ser divulgada por algunos de los intervinieres
Es un proceso más económico y rápido que los procedimientos judiciales
No genera costo para los participantes
Se adapta a las necesidades y situaciones de las personas
La participación debe ser por decisión propia, libre de toda coacción y no por obligación
Los convenios celebrados entre si tienen el mismo valor de una sentencia ciabogas, elevándose a la categoría de cosa juzgada

entre Avenida Allende y Calle Mariano Abasolo
Colonia Centro
Tepic, Nayarit
C.P.: 63000








